Servicio - Prestaciones
Beneficios y requisitos del plan de prestaciones para agremiados.
Profesionales que SÍ contribuyen
al Plan de Prestaciones, por medio de la compra de timbres forenses y notariales o contribución voluntaria tienen derecho a las siguientes prestaciones:
- Reintegro de gastos médicos (enfermedad, accidente o maternidad)
- Pensión por incapacidad temporal
- Pensión por incapacidad permanente
- Pensión por maternidad
- Pensión por vejez
- Prestaciones por fallecimiento
Profesionales que NO contribuyen
Tienen derecho únicamente a las siguientes prestaciones:
- Prestación post mortem
- Pensión a beneficiarios
- Gastos funerarios
Detalle de Prestaciones
1. REINTEGRO DE GASTOS MÉDICOS
Por enfermedad, accidente o maternidad de la colegiada o de la cónyuge en el caso de los colegiados varones.

2. PENSIÓN POR INCAPACIDAD TEMPORAL
El colegiado que como consecuencia de enfermedad o accidente (no por consumo de alcohol o uso de estupefacientes) estuviera incapacitado gozará de una pensión por:

3. PENSIÓN POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
Esta incapacidad dará derecho a una pensión por un monto global equivalente a la pensión por vejez a la que el colegiado hubiera tenido derecho.
Si no cumple con la edad mínima requerida, se calculará de acuerdo con los años de aportación, si no hubiere alcanzado el mínimo de aportación será de Q600.00 mensuales.

4. PENSIÓN POR MATERNIDAD
Prestación que se hará efectiva a la colegiada.

5. PENSIÓN POR VEJEZ
Se otorgará a los colegiados que hubieren alcanzado la edad y contribuido en la forma que establece el Reglamento, en los siguientes porcentajes:
Una vez otorgado un porcentaje, no puede variar.
Montos de la pensión:

6. PRESTACIONES POR FALLECIMIENTO
Prestación Post Mortem
- Cónyuge supérstite
- Hijos menores de edad o mayores incapacitados
- A falta de los anteriores, los ascendientes del colegiado
Gastos Funerarios
Pensión a Beneficiarios
- Cónyuge supérstite
- Hijos menores de edad o mayores incapacitados
- A falta de los anteriores, los ascendientes del titular
- Según pensión por vejez que gozaba o hubiere tenido derecho el colegiado
- Si no es pensionado, se calculará de acuerdo con los años de aportación
- De no cumplir con el tiempo mínimo: Q600.00 mensuales

Prescripción
El derecho para reclamar prestaciones prescribe en 8 meses contados a partir de la fecha del hecho generador.
Incorporación como Contribuyente Voluntario
Los colegiados que NO contribuyen al Plan de Prestaciones, por medio de la compra de timbres forenses y notariales, podrán adherirse a través de la CONTRIBUCIÓN VOLUNTARIA para gozar de todas las prestaciones.
El monto de la contribución se calculará de acuerdo a los ingresos brutos mensuales del colegiado, monto mínimo de aportación Q.360.00 mensuales o el 1.25% de sus ingresos brutos mensuales.

Videos Informativos
Información sobre Plan de Prestaciones
Guía de Solicitud del Plan de Prestaciones
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